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DATT Cartagena refuerza operativos contra el transporte ilegal: van 70 comparendos

Imagen de los operativos realizados

En lo corrido del 2025, han impuesto cerca de 70 comparendos a vehículos que prestan servicio de transporte ilegal.

Cortesía Alcaldía Mayor de Cartagena Imagen de los operativos realizados

En la mañana de este martes 11 de marzo, el Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte, DATT, anunció que siguen realizando operativos de control en diferentes puntos de la ciudad, lo anterior tiene como objetivo combatir la ilegalidad y la prestación irregular en los servicios de transporte. Ante esto, han indicado que intensificarán las estrategias en barrios como Bocagrande, Crespo y Centro Histórico.

Otras de las zonas que intervendrán serán los Centros Comerciales, la Terminal de Transporte zona sur- Avenida Pedro Romero, igualmente sectores de El Pozón, Bomba del Amparo, Ceballos, Marbella, sector de la India Catalina, clínicas y hospitales de la ciudad.

Adicionalmente, el equipo del DATT, anunció que los operativos se realizan bajo el nombre de "Muévete legal", y han emitido la lista de sanciones que los ciudadanos podrían recibir en caso de incumplimiento:

  • B01 Conducir un vehículo sin llevar consigo la licencia de conducción $ 322.070
  • B02 Conducir un vehículo con la licencia de conducción vencida $ 322.070
  • C35 No realizar la revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes en los siguientes plazos o cuando aun portando los certificados correspondientes no cuenta con las siguientes condiciones técnico mecánica y de emisiones contaminantes, además el vehículo será inmovilizado $ 603.939
  • D02 Conducir sin portar el Seguro Obligatorio de Accidentes de tránsito ordenado por la ley. Además, el vehículo será inmovilizado $ 1.207.877.

Las autoridades en movilidad mencionaron en su reciente comunicado oficial que el uso de servicios no autorizados pone en riesgo la seguridad.

Léase también: Multa por conducir sin SOAT en Cartagena supera $1 millón: cómo tramitarlo

Por otra parte, el Departamento de Tránsito indicó que en lo corrido del 2025, han impuesto cerca de 70 comparendos a vehículos que prestan servicio de transporte ilegal. Especificaron que entre las principales infracciones reportadas, se encuentran la falta de licencia de conducción y/o licencia de tránsito, la ausencia del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT), del Certificado de Revisión Técnico-Mecánica y de Emisiones Contaminantes, igualmente la carencia de pólizas de seguro contractual y extracontractual.

Otras noticias del DATT

El Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte (DATT) de Cartagena informó a la ciudadanía sobre la actualización de las tarifas para trámites y multas, las cuales entraron en vigor a partir del 1 de enero de 2025. Este ajuste responde al incremento del salario mínimo legal vigente y busca mejorar la eficiencia del sistema de transporte, promover el cumplimiento de las normas y garantizar una mayor seguridad vial para todos.

Entre las infracciones con ajuste en su monto se encuentran la siguiente:

  • Conducir sin portar el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) : La sanción asciende a $1.207.855, además de la multa, el vehículo podría ser inmovilizado.

Según la autoridades de tránsito, estas multas tienen como finalidad reducir los riesgos de accidentes y fomentar el respeto por las normas de tránsito y la vida.

Formas de pago

Los pagos de los trámites y multas pueden realizarse a través de las siguientes formas:

  • En línea, ingresando al portal oficial del DATT: www.transitocartagena.gov.co. También es posible descargar los estados de cuenta para efectuar el pago en los bancos autorizados.
  • Presencialmente, en las oficinas del DATT ubicadas en:
    • Barrio Manga, 4ta Avenida No. 17-19.
    • Avenida Pedro de Heredia, Centro Comercial Ronda Real, locales 133 y 134. Horario de atención: a partir de las 8:00 a. m.

Beneficio 50/50

Para facilitar el pago de las multas, el DATT ofrece descuentos a quienes realicen el pago dentro de los plazos establecidos:

  • 50% de descuento si el pago y el curso correspondiente se realizan dentro de los cinco días hábiles posteriores a la fecha de imposición de la sanción.
  • 25% de descuento si el curso se realiza entre el día 6 y el día 20 hábil después de haber sido sancionado.