Semana Santa

Cartagena adopta medidas especiales de movilidad para Semana Santa: conozca por donde puede circular y por donde no

Movilidad en Cartagena

Las disposiciones estarán vigentes hasta el 7 de abril.

DATT Cartagena Movilidad en Cartagena

La Alcaldía Distrital, a través del Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte (DATT), anunció la implementación de medidas especiales de movilidad que regirán durante la temporada de Semana Santa, con el objetivo de reducir la congestión vehicular y garantizar la seguridad vial en zonas de alta afluencia.

Las disposiciones están vigentes desde el 27 de marzo y hasta el 7 de abril.

Hasta el 5 de abril, por ejemplo, se restringe la circulación de todo tipo de vehículos, incluyendo motocicletas, cuatrimotos y motocarros, en el Centro Histórico, entre las 4:00 p.m. y las 6:00 a.m. del día siguiente.

Durante toda la temporada, también se prohíbe la circulación de tricimotos y cuadriciclos en este sector.

El ingreso de taxis y vehículos de servicio especial estará permitido únicamente para el ascenso y descenso de pasajeros. Se contemplan excepciones para vehículos de emergencia, fuerza pública, servicios públicos, personas con movilidad reducida, residentes con parqueadero y domiciliarios autorizados, quienes deberán cumplir requisitos de acreditación.

El Distrito restringirá la circulación de buses de servicio especial, intermunicipal e interdepartamental en zonas como Bocagrande, Castillogrande, El Laguito, Centro, San Diego, Getsemaní, Marbella, El Cabrero, Crespo y La Boquilla.

Estos vehículos no podrán permanecer estacionados en estos sectores y solo podrán realizar ascenso y descenso de pasajeros en tiempos controlados. Su parqueo deberá hacerse en la Terminal del Norte, ubicada en Tierra Baja.

El ingreso de buses a Barú estará permitido únicamente hasta las 9:00 a.m. o hasta completar la capacidad de parqueaderos habilitados en la zona.

Se prohíbe el estacionamiento de vehículos en playas, zonas de bajamar, zonas verdes y demás espacios públicos destinados al uso peatonal o recreativo.

Además, las autoridades instalarán puestos de control en puntos estratégicos como el ingreso a Barú, zonas de playa en Bocagrande, el Aeropuerto Internacional Rafael Núñez, la Terminal de Transporte y el Centro Histórico, para verificar el cumplimiento de las medidas.

Se autoriza la circulación de vehículos de carga en el Centro Histórico en horarios específicos. Las actividades de cargue y descargue estarán permitidas entre las 7:00 a.m. y las 3:00 p.m. en sectores como Centro, San Diego, Getsemaní y La Matuna.

El incumplimiento de estas disposiciones será sancionado conforme a lo establecido en el Código Nacional de Tránsito.

Pico y placa durante Semana Santa

De acuerdo con el Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte (DATT), la restricción para taxis estará vigente hasta el próximo 24 de abril y se aplicará según el último dígito de la placa:

Lunes (1 y 2),

Martes (3 y 4),

Miércoles (5 y 6),

Jueves (7 y 8) y

Viernes (9 y 0).

La medida rige desde las 6:00 de la mañana hasta las 6:00 de la mañana del día siguiente, y no aplica durante fines de semana ni días festivos.

En cuanto a los vehículos particulares y motocicletas, la rotación también se organiza por el último número de la placa:

Lunes (7 y 8),

Martes (9 y 0),

Miércoles (1 y 2),

Jueves (3 y 4) y

Viernes (5 y 6).

Para los carros particulares, el horario de restricción será de 7:00 a.m. a 9:00 a.m. y de 6:00 p.m. a 8:00 p.m., mientras que para las motocicletas se extenderá desde las 5:00 a.m. hasta las 11:00 p.m.

Las autoridades de tránsito anunciaron que se realizarán controles pedagógicos y sancionatorios para garantizar el cumplimiento de la norma, e hicieron un llamado a los conductores a informarse sobre la rotación vigente y planificar sus desplazamientos.