La Alcaldía de Cartagena destacó que, debido a la amplia aceptación ciudadana y a las mejoras significativas en la movilidad, el pico y placa de 24 horas podría volver a implementarse durante temporadas especiales como Semana Santa (del 27 de marzo al 7 de abril de 2026), temporada de mitad de año (del 12 de junio al 7 de agosto de 2026) y temporada de fin de año (del 11 de diciembre de 2026 al 22 de enero de 2027). En estos periodos, la restricción operará de 6:00 a. m. a 6:00 a. m. del día siguiente, de lunes a viernes.
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Restricción nocturna para motocicletas
El Decreto también establece una restricción nocturna para motocicletas de cualquier modalidad y cilindraje, incluidas cuatrimotos, tricimotos, motocarros y bicicletas con motor de combustión interna, en el horario comprendido entre las 11:00 p. m. y las 5:00 a. m. del día siguiente.
No obstante, se contemplan excepciones para ciudadanos que laboren en empresas y comercios formalmente constituidos, siempre que cumplan con los requisitos establecidos por el DATT, entre ellos la presentación de licencia de conducción, licencia de tránsito, SOAT vigente, revisión técnico-mecánica (cuando aplique) y soportes de vinculación laboral. Estas excepciones estarán sujetas al pago del derecho de tránsito como permiso de pico y placa.
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Restricción en el Centro Histórico
Desde el 16 de enero de 2026 hasta el 4 de enero de 2027, se restringe el ingreso y circulación de motocicletas en los barrios Centro, San Diego, La Matuna y Getsemaní, como parte de las acciones para preservar el orden, la seguridad y la movilidad en el Centro Amurallado.
Rotaciones del pico y placa en 2026
El Decreto establece cuatro rotaciones del pico y placa para vehículos particulares:
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Primera rotación (16 de enero al 27 de marzo de 2026)
Lunes: 5-6 | Martes: 7-8 | Miércoles: 9-0 | Jueves: 1-2 | Viernes: 3-4
Segunda rotación (30 de marzo al 27 de junio de 2026)
Lunes: 7-8 | Martes: 9-0 | Miércoles: 1-2 | Jueves: 3-4 | Viernes: 5-6
Tercera rotación (30 de junio al 2 de octubre de 2026)
Lunes: 9-0 | Martes: 1-2 | Miércoles: 3-4 | Jueves: 5-6 | Viernes: 7-8
Cuarta rotación (5 de octubre de 2026 al 22 de enero de 2027)
Lunes: 1-2 | Martes: 3-4 | Miércoles: 5-6 | Jueves: 7-8 | Viernes: 9-0
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El Decreto también restringe la circulación, como conductores o acompañantes, de menores de 12 años y mujeres en estado de gestación en motocicletas de cualquier modalidad.
El incumplimiento de estas disposiciones dará lugar a las sanciones establecidas en el Código Nacional de Tránsito. La Administración Distrital invita a la ciudadanía a informarse por los canales oficiales y a cumplir la normativa para contribuir a una movilidad más ordenada y segura en Cartagena.